PRIMERO: Se ordena oficiar al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, que por distribución le corresponda conocer el conocimiento del presente asunto, en atención a la vigilancia penitenciaria, al penado JOSÉ MANUEL BARRIOS GONZÁLEZ, C.I. N° 19846904, venezolano, nació el 29-07-1989 en Carora, Estado Lara, de 2 años de edad, hijo de Marilú Vásquez González y Mario Vásquez, profesión u oficio ayudante de herrería, domiciliado en Urb. Francisco Torres, Carora, Estado Lara, toda vez que el mismo fue trasladado al Internado Judicial de Barinas, ubicado en el mismo estado, en atención al contenido del articulo 481 del texto adjetivo penal, remitiendo anexo copia certificada del presente auto, así como el cómputo efectuado en la presente causa, requiriendo igualmente la designación de un Defensor Público al aludido penado. SEGUNDO: Se ordena oficiar al mencionado centro penitenciario haciendo del conocimiento lo decidido y a la Unidad Técnica de Apoyo con sede .....