este Tribunal luego de efectuar la verificación de los extremos legales necesarios para conceder el beneficio de Libertad condicional al penado JESÚS MARIA ESCALONA, identificado en actas, se concluye, que no obstante, se encuentra dado el requisito temporal para optar a la mencionada fórmula alternativa de cumplimiento de pena, sin embargo, se evidencia en el contenido del mencionado informe que el penado de autos no reúne los requisitos para el otorgamiento del mencionado beneficio, circunstancia que fuere advertida por el equipo técnico, quien realizare las sugerencias en cuanto a que el penado debe realizar actividad laboral dentro del penal, recibir orientación por parte de grupo disciplinario de manera de rehabilitar procesos de adicción a sustancias prohibidas y culminar área académica dentro del centro penitenciario, por lo que siendo los funcionarios del equipo técnico, las personas capacitadas y especializadas para pronunciarse con relación a la progresividad, estado emoci.....