DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA: LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el presente asunto KP01-P-1999-000486, por el cumplimiento de la condena al penado JUAN BAUTISTA LOYO PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.033.246, por haber cumplido con la condena impuesta de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión del delito de TRECE AÑOS Y CINCO MESES DE PRESIDIO, y a las accesorias de Ley establecidas en el articulo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 408 ordinal 1 del Código Peal derogado, y el articulo 418 ejusdem.-
SEGUNDO: Prescinde la aplicación de las penas .....