Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA POR EL TRABAJO, al penado ENDERYE MANUEL PERAZA PÉREZ, ampliamente identificado, por el lapso de SEIS (6) MESES Y VEINTE (20) DÍAS. Todo de conformidad con los Artículos 3º y 5º de la Ley de Redención de Pena por el Trabajo y el Estudio. Remítase copia de la presente decisión al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Cúmplase.