DISPOSITIVA
Por las razones de Hecho y de Derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 03, del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al penado DEIBI BLADIMIR RODRÍGUEZ DAZA, C.I.V-Nº 19.590.380, por el Lapso mínimo de tres (03) meses, el cual comenzara a correr desde su Traslado al Centro de Pernota ubicado en el Antiguo Internado Judicial Antigua Trece de Barquisimeto Estado Lara, todo de conformidad con el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; a la Defensa; Impóngase al penado de la presente resolución entregándosele Copia Certificada, conforme lo establecido en el artículo 510 del Código Orgánico Procesal P.....