/Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Lara en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA de RAMON ORTIZ MONSALVE, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.858.913, residenciado en ANTEMANO, SEGUNDO PLAN La Pedrera, de Caracas, y quien fuere condenado según sentencia dictada en fecha 28/11/2005 por el Tribunal de Juicio Nº 3 de este Circuito Judicial Penal, a cumplir UN (1) MES DE PRSIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del delito de USURPASIÓN DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el articulo 214 del Código Penal, por haber operado la prescripción de la misma, de conformidad con el ordinal 1º del artículo 112 del Código Penal, en relación con el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, se ORDENA el cese inmediato de cualquier medida cautelar que le hubiese sido impuesta.....