DISPOSITIVA:
De conformidad con el artículo 52 del Código Penal ACUERDA la conversión del resto de la pena que le falta por cumplir en Confinamiento a la Penada HILDA MERCEDES PEREZ, Titular de la Cédula de Identidad No. 9.558.188, por el lapso de UN AÑO, NUEVE MESES Y VEINTICINCO DIAS, QUE FINALIZA EL 11/03/2006, el cual lo cumplirá en la siguiente Dirección: Sector la Chama Nirgua Estado Yaracuy, por lo que deberá presentarse ante la Prefectura de Acarigua Yaracuy. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación dirigida al Centro de Penitenciario de la Región Centro Occidental. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al Penado. Ofíciese al Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental.- Cúmplase.-