Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución N° 3, Administrando Judicial en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida en el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, al Penado ENGERBERTH ANTONIO GONZALEZ GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 17.941.350, por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos por el artículo 501 ejusdem, y así se decide.-
Asimismo, este Tribunal ORDENA remitir, al Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, COPIAS CERTIFICADAS de la presente decisión, de la SENTENCIA CONDENATORIA, dictada en contra del penado, cursante a los folios 111 al 113 y ULTIMA ACTULIZACION DEL COMPUTO CON REDENCION de fecha 13-10-2004 (fs. 162 al 162), a los fines de que ese despacho proceda de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 479 del Códi.....