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Decisiones del dia 02/08/2004

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : KP01-P-2001-001208 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2004
Procedimiento:
Medida De Destacamento De Trabajo
Partes:
PENADO: JAIRO LUIS MELENDEZ LOPEZ
Resumen:
DECISIÓN Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal en Función de Ejecución N° 3, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Concede el Beneficio de Destacamento de Trabajo, al ciudadano penado JAIRO LUÍS MELÉNDEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.696.046, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 ordinal 1°, 501 del Código Orgánico Procesal Penal y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y remítase con oficio al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara y al Director del Centro de Pernocta del Internado Judicial de Barquisimeto, Estado Lara y al Director del Centro Penitenciario del Estado Lara. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público a la Defensa y al penado.
Juez/Ponente:
Rosa Virginia Acosta de Barazarte
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : KP01-P-2001-001208 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2004
Procedimiento:
Medida De Destacamento De Trabajo
Partes:
PENADO: JAIRO LUIS MELENDEZ LOPEZ
Resumen:
DECISIÓN Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal en Función de Ejecución N° 3, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Concede el Beneficio de Destacamento de Trabajo, al ciudadano penado JAIRO LUÍS MELÉNDEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.696.046, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479 ordinal 1°, 501 del Código Orgánico Procesal Penal y 66 de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y remítase con oficio al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara y al Director del Centro de Pernocta del Internado Judicial de Barquisimeto, Estado Lara y al Director del Centro Penitenciario del Estado Lara. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público a la Defensa y al penado.
Juez/Ponente:
Rosa Virginia Acosta de Barazarte
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : KP01-P-1999-000169 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2004
Procedimiento:
Redencion De Pena
Partes:
PENADO: JOSE RAFAEL HERNANDEZ JIMENEZ
Resumen:
DISPOSITIVA Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO, al penado JOSE RAFAEL HERNANDEZ JIMENEZ , ampliamente identificado, por el lapso de TRES MESES Y OCHO DIAS . Todo de conformidad con los Artículos 3º y 5º letra "b" de la Ley de Redención de Pena por el Trabajo y el Estudio. Remítase copia de la presente decisión al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Rosa Virginia Acosta de Barazarte
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : KP01-P-1999-000169 N° Sentencia : Fecha: 02/08/2004
Procedimiento:
Computo Actualizado
Partes:
PENADO: JOSE RAFAEL HERNANDEZ
Resumen:
DISPOSITIVA: En esta misma fecha, se procede a actualizar el cómputo de conformidad con el artículo 482, en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal: El Ciudadano JOSE RAFAEL HERNANDEZ JIMENEZ , titular de la Cédula de Identidad N° 7.446.279 , fue condenado por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal del Estado Lara, a cumplir la pena de VEINTITRES (23) AÑOS DE PRESIDIO, por el Delito de HOMICIDIO CALIFICADO , tipificado en el Artículo 408 Ordinal 2° del Código Penal en concordancia con el Artículo 83 ejusdem . Ahora bien de autos se evidencia que el Penado entró detenido preventivamente el 16-06-1998 y por cuanto hasta la presente fecha ha permanecido detenido lleva SEIS AÑOS, UN MES Y DIECISEIS DÍAS , así mismo se evidencia que dicho ciudadano Redimió Pena en esta misma fecha, por el lapso de UN AÑO, DIEZ MESES, QUINCE DÍAS Y DOCE HORAS , por lo que da un total de detención con Redención de Pena de OCHO AÑOS, UN DÍA Y DOCE HORAS, faltándole en consecu.....
Juez/Ponente:
Rosa Virginia Acosta de Barazarte
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
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