D I S P O S I T I V A.
Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado FRANK ALBERTO BRICEÑO MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 7.443.350, por el lapso de TRES (3) MESES Y OCHO DIAS, imponiéndole las siguientes condiciones:
- Someterse a Chequeo Médico por el padecimiento de Arma que presenta.
- Evitar contactarse con personas incursas en delitos.
- Mantenerse ocupado laboralmente y participar cualquier cambio del área laboral.
- Las que el Juez de la causa estime conveniente.
Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con los artículos 7, 19, 24 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Boleta de Ex.....