Vista la Redención de fecha 22-09-2008, se procede actualizar el cómputo de conformidad con el artículo 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal, al penado WILMER EDUARDO RODRIGUEZ SIVIRA, titular de la cédula de identidad N° 14.978.229, soltero, venezolano, de 27 años de edad, de profesión u oficio electricista, domiciliado en Santa Isabel, calle 9 entre 2 y 3 casa 6, a media cuadra del abasto el roble, Barquisimeto, fueron condenados a cumplir la pena de 05 AÑOS Y 05 DIAS DE PRESIDIO, más las penas accesorias de ley establecidas en el artículo 13 ejusdem, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los Artículos 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo automotor vigente, y los artículos 277 y 174 del Código Penal.
Ejecútese y hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, .....