/este Tribunal de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO al penado, EMILIO ALFONSO DORANTE BERNAL, titular de la cédula de identidad Nº 14.880.013 por el lapso de pena que le queda por cumplir la cual fue aumentada en una Tercera parte dando un total de TRES (03) MESES, OCHO (08) DÍAS Y DIECISÉIS (16) HORAS, que sería por hasta el día PRIMERO (01) DE ABRIL DEL 2011, debiéndolo cumplir en la dirección siguiente: En el sector 2 de Roble Viejo en la calle 5, Carora Municipio Torres Estado Lara, se le impone la obligación al penado de presentarse cada 15 días ante la Prefectura del Municipio Torres Carora Estado Lara.
Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación dirigida al Director de la Cárcel Nacional de Maracibo, con copia de la presente Decisión y oficio al Prefecto del Municipio .....