DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a el penado: JOSÉ GREGORIO PEÑALOZA VERA, titular de la cédula de identidad Nº 17.467.498, encontrándose dicha ciudadana en la actualidad en el libertad, fue condenada, a cumplir la pena de (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlo culpable de la comisión de los delitos de EXTORSIÓN EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 459 en concordancia con los artículos 80 y 82 y 5 ordinal 3° en concordancia con el artículo 80 y el segundo en el artículo 277 todos del Código Penal vigente, por lo que se ordena su Libertad Plena de conf.....