DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley OTORGA EL PERMISO ESPECIAL DE PERNOCTA, solicitado por el Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento Comunitario "Dra. Nilda Lucrecia Hernández" para el penado: DAVID ERNERSTO BERRA TORBELLO, titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.397.506, para pernoctar en la dirección Barrio Tierra Amarilla, final Carrera 10, Segunda casa, Yaritagua Estado Yaracuy, por el tiempo que el Consejo de Evaluación considere pertinente, debiendo acatar en el transcurso del permiso especial de pernocta todas las condiciones que le imponga su Delegado de Pruebas, todo de conformidad con el artículo 49 y 50 del Reglamento Interno del Centro de Tratamiento Comunitario "Dra. Nilda Lucrecia Hernández", así como lo establecido en los artículos 272, 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela". Remítase copia de la presente decisión al Centr.....