OTORGA, a penado ROMUALDO ANTONIO PARRA GIL, titular de la Cedula de Identidad N° 6.568.904, el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el lapso Un Año, Cinco Meses y Veintiocho días , el cual comenzara a correr desde su primera presentación en la Unidad Técnica con sede en Barquisimeto Estado Lara, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal.¿