/Este Tribunal de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO solicitado por el penado FRANCISCO ALEJANDRO SALAZAR PEREIRA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.872.840, de conformidad con el artículo 510 del Código Orgánico Procesal Penal vigente en concordancia con el artículo 553 ejúsdem, en relación con los artículos 272 y 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.