D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 325 numeral 3 eiusdem, y el artículo 48 numeral 1° del mismo Código, declara el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano YORDY ANTONIO TIMAURE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.530.471, residenciado en Tierra Negra Avenida Simón Rodríguez, con Calle 02 N°06, Barquisimeto, Estado Lara, hijo de María Del Carmen Timaure, por los hechos se describieron en el capítulo primero, fueran investigados por la Representación Fiscal, y que quedaron descritos en el primer capítulo de la presente decisión, que presuntamente configuran el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal.
Notifí.....