Por las razones expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; decide en los términos siguientes: PRIMERO: SE CONDENA a los ciudadanos YORVIS GREGORIO MELÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.870.968; PEDRO RAMÓN LÓPEZ BEDOYA, titular de la cédula de identidad N° 23.490.330, por el delito de ROBO AGRAVADO, en grado de frustración, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, en relación con el segundo aparte del artículo 80 ejusdem, a cumplir la PENA DE CINCO (5) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal; y para el ciudadano TONY ENRIQUE CASTEJÓN CAMACARO, titular de la cédula de identidad N° 19.150.901, por el delito de ROBO AGRAVADO, en grado de frustración, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, e.....