En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA REVISAR Y EN CONSECUENCIA SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al acusado JOSÉ RAFAEL CASTILLO PACHECO, titular de la cédula de identidad N° 19.180.746, a quien se le sigue el proceso por la presunta comisión de los delitos de ROBO A UNIDAD DE TRANSPORTE PÚBLICO Y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 357 segundo aparte y 413 del Código Penal, respectivamente, por las Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad establecidas en el artículo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, presentación periódica cada 08 días por ante la taquilla de presentación de acusados de este Circuito Judicial Penal y Prohibición de salir sin autorización del estado Lara, tod.....