En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada por la Defensa y Acuerda su SUSTITUCION por otra menos gravosa, a favor del ciudadano ANDERSON OSCAR RODRIGUEZ SANCHEZ por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMAS Y TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 458 y 277 del Código Penal y en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, quedando el mismo obligado a presentarse cada ocho (08) días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal y los fiadores obligados a presentarse por ant.....