En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JOHAN ANTONIO PRADO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 14.210.114 por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL A TITULO DE DOLO EVENTUAL y LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 405 y 415 del Código Penal a una pena de QUINCE (15) AÑOS Y SEIS (06) MESES. SEGUNDO: Se ordena su inmediata reclusión al centro penitenciario a los fines de dar cumplimiento a la pena impuesta. TERCERO: Una vez cumplidos el lapso de ley remítase al tribunal de Ejecución que por distribución corresponda. La parte dispositiva de la presente decisión se dictó en audiencia oral y pública el día 14 de ABRIL de 2013, siendo publicada, dictada y refrendada de manera íntegra el día de hoy 11 de Junio de 2013. Notifíquese .....