D I S P O S I T I V A
Llenos como están los extremos legales y constitucionales que autorizan la privación judicial preventiva de libertad, lo procedente es mantener la medida de detención domiciliaria al ciudadano RONALD BENITEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.877.643, para asegurar que el imputado dará cumplimiento a los actos del proceso, por ser menos gravosa que la privación judicial preventiva de libertad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Notifíquese.-