Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud realizada por la defensa del acusado ALEXANDER RAFAEL QUERALES, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.777.593, quien es procesado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto en el artículo 405 del Código Penal, y se MANTIENE la medida de privación judicial preventiva de libertad. Notifíquese a las partes. Líbrese las Boletas correspondientes. Publíquese. Cúmplase.