Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 6 actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA al Ciudadano: ANTHONY RAFAEL RIVAS CASTAÑEDA identificado en autos, a cumplir la pena de, UN (1) año y siete (7) meses de presidio por encontrarlo culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION A TITULO DE COMPLICE NO NECESARIO, a tenor de lo previsto en los artículos 460 en relación con los artículos 80,82, ordinal 3º del artículo 84 y ordinal 4º del artículo 74 todos del Código Penal, en relación con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, pena que habrá de expirar en principio aproximadamente el día 24 de Agosto del 2008, y la cual cumplirá en el Centro de Reclusión que tenga bien designar el Juez de Primera Instancia en lo Penal, a quien corresponda conocer de la Ejecución de la Pena, de conformidad con .....