D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del procedimiento especial contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano FRANCISCO SOLANO CORDERO, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° 7.358.279, de 43 años de edad, comerciante, domiciliado en la Barrio El Tostao, sector Alí Primera, calle Antonio José de Sucre, casa s/n, tres cuadras hacia adentro desde la Bodega El Descanso, Barquisimeto Estado Lara, hijo de Remisdida Cordero y Andrés Palmera, por ser culpable de los hechos que le imputara el representante del Ministerio Público y que libre de toda coacción voluntariamente admitiera a través de su declaración, los cuales configuran el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, .....