Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Este Tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso a las ciudadanas BLANCA ROSA RODRIGUEZ, titular cédula de identidad Nº V- 10144569 y YOHANA GERALDINE CASTILLO, titular cédula de identidad Nº V- 17727514, por el lapso de TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DIAS, contado a partir de la primera presentación ante el delegado de prueba. SEGUNDO: Se le impone a las ciudadanas BLANCA ROSA RODRIGUEZ y YOHANA GERALDINE CASTILLO, la condición establecida en el artículo 44 ordinal 1, residir en la dirección aportada al Tribunal como lo es: Zona Industrial 3. Barrio Moyetones, sector 01 casa S/N detrás de Cociere. Barquisimeto. Estado Lara, las cuales d.....