D I S P O S I T I V A
Por lo razonamientos antes expresados, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio N° 6, declara Sin Lugar la solicitud de la defensa pública y en consecuencia ACUERDA mantener la medida de Privación judicial preventiva de Libertad a la ciudadana Blanca Aurora Sánchez de Peñaloza, titular de la Cédula de Identidad N° 1.587.792. Asimismo, se ACUERDA fijar la celebración del Juicio Oral y Público para el día 26 de febrero de 2004 a las 10:00 a.m. Líbrense los oficios y boletas conducentes. Cúmplase.-