D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal Mixto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, por Unanimidad, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del procedimiento especial contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano YUSEI DAVID DIAZ ALVARADO, cédula de identidad N° 15.778.974, venezolano, nacido en fecha 27 de septiembre de 1981, de 22 años de edad, hijo de Alí Díaz y María Alvarado, residenciado en Urbanización Eligio Macías Mújica, Sector Estrella del Norte, casa N° 3, Barquisimeto, Estado Lara; por los hechos que le imputara la representante del Ministerio Público y que el mismo voluntariamente admitiera a través de su declaración, los cuales configuran el delito Homicidio Intencional Calificado, previsto en el Artículo 408 numeral 1° del Código Penal. Se le impone la pena de quince (1.....