DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad PRIMERO: de la Ley CONDENA al acusado ROLANDO PASTOR ESCALONA ANTICHE, supra identificado, a cumplir la pena de tres (3) años de prisión, más las accesorias de Ley, por encontrarlo culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el Artículo 455 en concordancia con el 80 del Código Penal, con el agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal (D); TERCERO: Se mantiene la Medida Privativa de Libertad decretada en contra del acusado, a tenor de lo establecido en el artículo 367 primer párrafo del Código Orgánico Procesal Penal hasta que la prese.....