DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Mixto Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD, CONDENA, a JHON HENRY MAMBEL SANCHEZ a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto en el artículo 457 del Código Penal. Pena que deberá cumplir en los términos y condiciones que fije el tribunal de ejecución que corresponda conocer. De conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no se condena en costas. Las partes pueden ejercer los recursos de conformidad con lo previsto en el artículo 453 del Código Adjetivo Penal, lapso que comenzará a contarse a partir del día siguiente de la Notificación de la publicación de la .....