DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, revisa la medida de coerción personal y EXTIENDE el lapso de presentación cada cuarenta y cinco (45) días, a partir de la fecha de su notificación a la imputada MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ MENDOZA, Identificados en autos, investigada por la presunta comisión de un delito en audiencia. Se acuerda oficiar a la Fiscal Novena del Ministerio Público a los fines de notificar que la presente causa es un procedimiento abreviado, que no se ha presentado el acto conclusivo y se ha diferido la audiencia oral y pública en tres oportunidades, por causa imputable a la Fiscalía del Ministerio Público Notifíquese a las partes. Líbrese las Boletas y oficios correspondientes. Publíquese. Cúmplase.
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