DISPOSITIVA.
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Otorga el Beneficio de Suspensión Condición del Proceso al ciudadano Freddy Richer Vizcaya plenamente identificado en autos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 42 y 42 ambos del plurimencionado del Código Orgánico Procesal Penal, Se deja sin efecto las Medidas Cautelar Sustitutivas de la Privación Judicial Preventiva de Libertad dictadas por el Tribunal de Control N° 06 en fecha 15 de noviembre de 2003, imponiéndole un régimen de prueba de 1año y 6 meses, en el que deberá cumplir las siguientes condiciones:
1- Residir en un lugar determinado.
2- Prohibición de Concurrir a lugares a los cuales donde se expenda bebidas alcohólicas.
3- Consignar constancia de inscripción y constancia de nonas
Permanecer en un trabajo o empleo.
4- Prestar servicio a la Comunidad de Iglesia Evangélica Cristina Emanuel Ub.....