DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Juicio N° 5, de este Circuitos Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA REVISAR Y EN CONSECUENCIA SUSTITUIR LA MEDIDA al Imputado DARGI CAROLINA GOUTTIS Y LILIAN ROSA TOVAR, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 452 ordinales 8° del Código Penal, por una menos gravosa, de conformidad con lo previsto en el articulo 264, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el articulo 256, ordinales 3°, presentación periódica cada 8 días por ante la Oficina de Presentación de imputados a partir de la Notificación y Ordinal 4° prohibición de salida del Estado Lara y Yaracuy sin Autorización del Tribunal. Líbrese las correspondiente boleta de Libertad, Oficio a la Comandancia de Policía del Estado Yaracuy. Notifíquese a las p.....