Es por todas las razones que en Consecuencia este Tribunal de Juicio Mixto Nº 05 por Unanimidad, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivarianas de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley: condena al ciudadano DANIEL ALBERTO RODRIGUEZ REYES, titular de la Cédula de Identidad N° 17.903.515 (no porta), POR LA COMISIÒN DE LOS DELITOS DE DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 en concordancia con el artículo 83 y 277 del Código Penal, con aplicación del artículo 88 del Código Penal, por lo que le corresponde una Pena De Quince Años (15) Y Seis (03) Meses De Prisión, más las accesorias de ley. Se acuerda su reclusión en el Internado Judicial de SAN FELIPE, ESTADO YARACUY. Regístrese, Notifíquese, Cúmplase con lo Ordenado.