DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la defensa y mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad, al acusado CARLOS ENRIQUE CASTILLO VEGAS, titular de la Cédula de Identidad No 18.137.533, Identificado en autos, quien es procesado por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, SECUESTRO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipos penales previstos en los artículos 5 con agravantes del artículo 6 numerales 1,2,3, y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, 460 y 277 del Código Penal, respectivamente. Notifíquese a las partes. Líbrese las Boletas correspondientes. Publíquese. Cúmplase.