Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la solicitud de Ampliación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad incoada por el imputado y Acuerda la AMPLIACION DE LA MISMA, a favor del ciudadano LUIS ALBERTO COLMENÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.003.209, por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, quedando el mismo obligado a presentarse una vez cada Treinta días, la del Ordinal 6° esto es Prohibición de molestar a la victima, solo se le acercará para tratar lo relativo al hijo de ambos y ordinal 9° prohibición de Portar Armas fiera de su sitio de trabajo.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese oficio a los organismos de segur.....