Este Juez Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley CONDENA al ciudadano ORLANDO JOSÉ TERÁN BARRIOS plenamente identificado en autos a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y (6)SEIS MESES DE PRISION, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en su segundo aparte, más las accesorias de Ley, en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. La dispositiva de esta sentencia se pronunció y leyó en Audiencia Oral celebrada en la sala de Audiencia de Juicio del Palacio de Justicia del Estado Lara en fecha 30 de Enero de 2007, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se ordena la destrucción de la droga incautada. No hay Condena.....