En tal sentido, la fijación de la fecha para la realización del juicio en la presente causa, se hace luego de analizada la Agenda Única instaurada en ésta sede Judicial, respecto al Tribunal de Juicio Nº 4, la cual se encuentra congestionada con más de ocho juicios diarios, aunado a las audiencias de selección y sorteo extraordinario, así como las audiencias de constitución de Tribunal Mixto. Por lo que la fijación del juicio para el día 14 de octubre de 2010, no puede constituir retardo procesal o violación a la tutela judicial efectiva por parte del tribunal, sino por el contrario, un acto de responsabilidad al no fijar un juicio en una fecha en la que están previamente fijados otros, con lo cual haría imposible la realización del mismo con verdadero y directo perjuicio al acusado, verificándose además, que la razón de los diferimientos del juicio oral y público, han sido por causas no imputables al Tribunal.
Por lo antes señalado, este Tribunal de J.....