este Juzgado Cuarto de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 334, 49 ordinal 3° y 26 todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ORDENA la prescindencia de los Jueces Escabinos a los efectos del Juzgamiento de los acusados OSCAR ALEXIS MENDOZA y ALEXIS ORLANDO CASTILLO, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 10.849.992 y 7.318.110, respectivamente; garantizándose la vigencia de una justicia expedita, sin dilaciones indebidas que permita a las partes ser oídos dentro de un plazo razonable.
Por cuanto el presente asunto fue recibido el día de hoy, se ordena notificar a las partes del contenido de esta decisión, así como de la convocatoria para juicio oral y público fijado para el día 09 de Noviembre de 2007 a las 09:30 horas de la Mañana. Líbrese Oficio a Participación Ciudadana. Regístrese. C.....