Por cuanto de la revisión del presente asunto se observa, que el suscrito conoció del presente caso en audiencia Preliminar de fecha; seis (06) de abril del 2006 , donde este Juzgador decidió la Apertura a Juicio, una vez admitida las pruebas así como las pruebas presentadas, por ser legales, pertinentes y necesarias, habiendo emitido opinión sobre el referido caso.
En tal sentido por haber emitido opinión en la presente causa, considera quien aca decide que lo más ajustado a derecho y procedente es inhibirme de la presente causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 ordinal séptimo del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara. En consecuencia procedo a Inhibirme del presente caso conforme a lo establecido en el artículo 86, ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
Asimismo de conformidad a lo establecido en el artículo, 94 de la referida ley, se ordena a los fines de no detener el curso del proceso, pasa inmediatamente las actuacion.....