DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano OMAR JESUS MACHADO CASTRO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.334.585, nacido el 04/01/83 en Barquisimeto Estado Lara, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante Informal, hijo de Hipólito Machado y Yamileth Castro, residenciado en Avenida Andrés Bello con calle Pablo Canela casa N° 26, Barquisimeto Estado Lara, asistido por el Defensor Privado Abogado Luis Aldana, a sufrir la pena de a sufrir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISION por ser autor responsable del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, en agravio .....