Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Nº 4, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara IMPROCEDENTE, La Homologación del Acuerdo de voluntades celebrado por ante la Notaria Publica de Carora, entre la Victima; Nelson David Mújica y el Imputado; Mario de Jesús Meléndez Ocanto, se acuerda mantener las medidas de coerción impuesta, al Imputado, Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a los fines informe a este tribunal en cuanto a las facultades que tienen los Notarios Publicos, según la Ley de establecer Acuerdos Reparatorios en caso Penales, Notifíquese a las partes a los fines de la presente decisión, Publíquese, Regístrese y Cúmplase.