Este Tribunal Mixto, de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley : PRIMERO: CONDENA al ciudadano PEDRO JOSÉ COLINA , por la comisión del delito de Aprovechamiento de vehiculo automotor proveniente del delito de Hurto o Robo previsto y sancionado en el art. 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, a una pena de 4 años de prisión mas las accesorias de ley, dada que la pena no excede de 5 años se acuerda mantener las medidas cautelares impuesta en su oportunidad; SEGUNDO: Se condena a los ciudadanos JORGE LUIS HINCAPIE y JOSE GREGORIO MORA, antes identificados a cumplir una pena de seis (6) años de prisión, mas las accesorias de ley, previstas en el art. 16 del Código Penal; dada que la pena excede de los 5 años conforme a lo establecido en el art,. 367 del COP, dada la opinión del Fiscal del Ministerio Publico en la solicitud de la Medida de Privación Judicial se acuerd.....