Este tribunal de primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 4, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA Improcedente la Remisión de la presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico y por ende el auxilio Judicial, por estimar dentro de la admisión de la presente querella interpuesta por el Ciudadano; Yvan Mújica González, se relaciono a delitos de instancia de parte agraviada tal como se fundamento en la presente admisión, en relación a las pruebas que han sido ofertadas estima quien aca juzgar la oportunidad a los fines de la admisión o no de las misma. Con respecto a la solicitud de las copias certificadas solicitadas por tener el mismo cualidad se a cuerda por secretaria las misma. . Es todo.- Publíquese, Regístrese y cúmplase lo ordenado.