DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida los ciudadanos RAFAEL ANTONIO GONZALEZ DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 9.627.445, ROSA MARGARITA DIAZ CASTRO, titular de la cédula de identidad N° 4.067.290, por la comisión del delito de Tentativa de Hurto de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley contra el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano OSWALDO ENRIQUE CAMPO MOSQUERA, decretándose la EXTINCION DE LA ACCION PENAL conforme a lo establecido en el artículo 48 ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse verificado el cumplimiento del Acuerdo Reparatorio celebrado en la sede de este despacho judicial el día 21/02/06 cumplido a cabali.....