DISPOSITIVA:En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE en todas y cada una de sus partes la acusación presentada por el fiscal 6º del Ministerio Publico en contra de la imputada MARIA AEJANDRA YANEZ GUTIERREZ, por la comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículos Automotores, asimismo se admiten todos los medios de prueba ofrecidos en este acto por el Ministerio Publico. SEGUNDO: CONDENA a la acusada MARIA ALEJANDRA YANEZ GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.904.279, a cumplir una pena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley previstas en el articulo 16 del numeral 3 del Código Penal,.....