Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de la Jurisdicción del estado Lara, en nombre de al República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE MEDIDA formulada por el imputado PABLO ISMAEL SAAVEDRA DALIS, quien solicito mediante escrito, la revisión de la misma. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250,251 y 264 del Código orgánico Procesal Penal.