Este Tribunal Tercero de Juicio, del Circuito Judicial penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 367 del código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CULPABLE y PENALMENTE responsable de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, al Ciudadano: JESUS EFREN HERNÁNDEZ MC COLLY, en razón de lo cual lo CONDENA a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal vigente.