En fecha 03 de febrero de 2010, se celebró audiencia preliminar conforme al artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, ante el tribunal de Control Nº 5 (según consta en el folio número 80). Para la fecha en cuestión, esta Juzgadora se encontraba a cargo de dicho despacho judicial, y en consecuencia admitió la acusación presentada en contra de los imputados FONSECA CORONADO ROBERTH ALEXANDER, Cédula de Identidad Nº 18.104.797, y ALVARADO VARGAS JOSE ANTONIO, Cedula de Identidad Nº 17.354.908, ordenando la apertura del juicio oral y público y el enjuiciamiento de los mismos.
2.- En este sentido, estima quien juzga, que en la oportunidad legal correspondiente, emitió el pronunciamiento pertinente en la referida audiencia. En consecuencia, al haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella en el ejercicio propio de las funciones que como Juez de Control me eran atribuidas por ley, por mandato legal contenido en el Artículo 86 numeral 7º del Código Orgánico Procesal Pena.....