NIEGA POR IMPROCEDENTE LA REVISION de la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad, solicitada , Se ACUERDA MANTENER LA MISMA MEDIDA CON TODOS SUS EFECTOS.- Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese los correspondientes oficios.- Regístrese. Publíquese.- Cúmplase